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Publicación de las Disposiciones Regulatorias en Materia de Comunicación Vía Satélite

El 23 de enero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones emite las Disposiciones Regulatorias en materia de comunicación Vía Satélite (las “Disposiciones Regulatorias”).

Conforme a lo establecido en el mencionado acuerdo, las Disposiciones Regulatorias tienen como objetivo contar con un marco regulatorio flexible que brinde certeza jurídica en el entorno del sector satelital, acorde a la realidad, y permita atraer inversiones y nuevos servicios, así como el desarrollo de tecnologías en beneficio de los usuarios finales.

Las Disposiciones Regulatorias contienen disposiciones que regulan, entre otras: (i) la reserva de la capacidad satelital del estado; (ii) los mecanismos para concesionar recursos orbitales; (iii) la operación de sistemas satelitales y estaciones terrenas; (iv) la operación de sistemas satelitales nacionales y extranjeros; (v) la operación de estaciones terrenas transmisoras, y (vi) otras disposiciones relacionadas con expedientes satelitales.

En ese sentido, derivado de la emisión de las Disposiciones Regulatorias, se establecen derechos y obligaciones para los concesionarios de recursos orbitales, autorizados para explotar derechos de emisión y recepción de señales y bandas de frecuencias asociados a sistemas satelitales extranjeros y autorizados para instalar, operar y explotar estaciones terrenas transmisoras.

De acuerdo con los artículos transitorios de las Disposiciones Regulatorias, estas sustituyen el Reglamento de Comunicación Vía Satélite el cual dejará de aplicarse. Asimismo, se establecen los plazos para presentar, según sea aplicable: (i) en caso de no haberlo hecho, el plan de reemplazo conforme a lo dispuesto en el Título Tercero, Capítulo II, Sección I, de las Disposiciones Regulatorias, cuyo incumplimiento será causal de revocación; (ii) en caso de no haberlo hecho, el plan de contingencia conforme a lo dispuesto en el Título Tercero, Capítulo I, Sección III de las Disposiciones Regulatorias; (iii) el estatus actual de la vida útil nominal de los satélites y la fecha estimada del fin de la misma, y (iv) el aviso de si el expediente satelital en coordinación cumplió con la notificación ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones o el estatus que guarda el mismo.

Finalmente, las Disposiciones Regulatorias entrarán en vigor a los 30 días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el día 7 de marzo de 2023.

En Acedo Santamarina, S.C. estamos listos para asesorarlos y ayudarles con el cumplimiento e interpretación de las Disposiciones Regulatorias . Quedamos a sus órdenes.

Acedo Santamarina

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