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COFECE interpone controversia constitucional

El pasado 22 de junio de 2020 la Comisión Federal de Competencia Económica (“COFECE”) emitió un comunicado informando que interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (“SCJN”), una controversia constitucional en contra del Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, expedido por la Secretaría de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2020 (“Acuerdo SENER”).

Lo anterior, por considerar que violenta los principios fundamentales de competencia y libre concurrencia ordenados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de modo que afecta su mandato constitucional e invade su esfera competencial.

La COFECE considera que la política mencionada es contraria al contenido de los artículos 16, 28 y 133 constitucionales, así como a las leyes aplicables en materia de electricidad, los cuales en conjunto establecen un régimen de competencia en la generación y suministro de electricidad. Asimismo, la COFECE expresamente señala:

“El instrumento publicado en el DOF afecta de manera grave la estructura económica del sector de electricidad, ya que elimina la posibilidad de que este opere en condiciones de competencia y eficiencia, así como en los términos dispuestos en el conjunto del marco normativo vigente del país para este sector. Ello porque la Política impugnada compromete tanto el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución (insumo indispensable en esta industria), como el criterio de despacho económico que rige la operación del mercado eléctrico mayorista; asimismo, otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica.”

Queda esperar que la SCJN se pronuncie respecto de la controversia constitucional interpuesta por la COFECE. Particularmente, por lo que hace a los alcances del ACUERDO SENER, emitido por esa dependencia gubernamental, al parecer, en exceso de sus facultades e invadiendo las facultades de la propia COFECE, en perjuicio de los consumidores.

Se aclara que, desde el punto de vista legal, una controversia constitucional es un mecanismo de control de constitucionalidad, en forma de juicio, para dirimir controversias. En este caso, entre un órgano constitucional autónomo y el Poder Ejecutivo de la Unión, surtiendo efectos la resolución que emita la SCJN únicamente entre la SENER y la COFECE.

Rafael Tena Castro

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